Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos cancelar todas sus deudas cumpliento ciertos requisitos. Descúbre todo sobre la misma y cómo acogerte para empezar de cero.
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Las distintas crisis económicas a las que hemos hecho frente en los últimos años han puesto en situaciones de riesgo a miles de familias en nuestro país. Desde la Gran Recesión de 2008, cada vez hay más personas asfixiadas por las deudas que se ven incapaces de asumir sus pagos pendientes y que viven con miedo a perder todos sus bienes y propiedades de un día para otro.
Para ayudarles a salir de esta bancarrota, en 2015 el Gobierno de Rajoy aprobó un mecanismo legal que permite salvar a personas físicas de la insolvencia para que puedan comenzar una nueva vida libre de cargas y preocupaciones. Bautizada como ‘Ley de Segunda Oportunidad’, esta norma puede servir como salvavidas para miles de familias en el umbral de la pobreza. Sin embargo, a día de hoy sigue siendo una gran desconocida para muchos.
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es un proceso legal aprobado en nuestro país en 2015 que permite que aquellos particulares y autónomos en situación de insolvencia puedan refinanciar o cancelar sus deudas.
Este procedimiento está regulado por la ley 25/2015 de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social publicada en el BOE el 28 de julio, aunque apareció por primera vez en el Real Decreto Ley 1/2015 del 27 de febrero.
¿Cómo funciona?
El funcionamiento de esta ley es semejante al de los procesos concursales y de bancarrota de las empresas, aunque aplicado a personas físicas.
Este procedimiento está compuesto por dos fases bien diferenciadas y excluyentes: la extrajudicial, en la que se intentará conseguir un acuerdo con los acreedores, y la judicial, a la que se llegará si no se logra alcanzar una solución satisfactoria.
La fase extrajudicial
Se trata de la primera línea de actuación en la que debemos centrarnos si decidimos acogernos a la Ley de Segunda Oportunidad. Básicamente, consiste en negociar con los acreedores para cambiar las condiciones de la deuda, ya sea ampliando los plazos o reduciendo las cuotas a pagar, y evitar así los tribunales.
El objetivo de esta fase es conseguir un acuerdo extrajudicial de pagos que permita que el acreedor reciba alguna compensación por la deuda pendiente a cambio de rebajar sus exigencias. Durante este proceso de negociación, que no podrá durar más de dos meses, ambas partes deberán acordar un plan de viabilidad y un calendario de pagos con el que el deudor pueda hacer frente a sus obligaciones.
El acuerdo tendrá que estar tutelado por un juez. Además, cabe la posibilidad de que también participe un mediador concursal que intente lograr una solución satisfactoria para ambas partes.
La fase judicial
En caso de que no se logre alcanzar un acuerdo con los acreedores, se deberá llevar el caso a los tribunales. En esta fase, se realizará un concurso consecutivo en el que un juez determinará cómo se solucionará el caso y decidirá, a través del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), si la deuda se cancela total o parcialmente.
En esta fase, se liquidarán todos los bienes y el patrimonio del deudor para compensar la deuda contraída. Quienes se acojan a este mecanismo deberán demostrar que no pueden, de ninguna manera, hacer frente a los préstamos contraídos, que han actuado de buena fe y que han devuelto el máximo dinero posible de acuerdo a sus capacidades. En caso de que se descubran ingresos, bienes o derechos que el deudor ha ocultado, los acreedores podrán solicitar la revocación del BEPI.
El procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad es idéntico tanto para particulares como para autónomos, salvo por una salvedad. Para acogerse a este mecanismo, los particulares deberán presentar su solicitud ante un notario, mientras que los autónomos tendrán que dirigirse al Registro Mercantil o la Cámara de Comercio que les corresponda.
¿Qué es el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho?
El Beneficio de Exoneración del Pasivo (BEPI) es un procedimiento extraordinario de la Ley de la Segunda Oportunidad que permite que un deudor en situación de quiebra pueda cancelar sus deudas, ya sean públicas o privadas.
Existen dos modalidades: la definitiva y la provisional. El BEPI definitivo es el que se concede cuando se han compensado la totalidad de los créditos concursales privilegiados y aquellos contra la masa, así como un 25% de los créditos ordinarios, como mínimo. Permite reparar deudas impagadas de manera inmediata y definitiva.
El BEPI provisional, por su parte, es el que se otorga cuando no se pueden cumplir los requisitos anteriores. Concede la exoneración temporal de las deudas pendientes supeditándolas a un plan de pagos negociado previamente y ajustado a las capacidades del deudor. A través de este método, los usuarios pueden librarse de los créditos ordinarios, subordinados y con privilegio especial, quedando excluidos los de alimentos y los de carácter público.
¿Quién puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo disponible solo para ciudadanos particulares y autónomos que no puedan pagar sus deudas pendientes. Las empresas que estén en una situación de insolvencia no pueden, por tanto, beneficiarse de este mecanismo, y tendrán que acudir a concurso de acreedores.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
A la hora de intentar acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, es importante tener en cuenta que su objetivo no es liquidar las obligaciones de todos los deudores del país, sino auxiliar a los ciudadanos que han demostrado ser buenos pagadores en el pasado y que se han visto sorprendidos por una mala situación financiera que los ha puesto contra las cuerdas. Por tanto, si un particular o autónomo quiere disfrutar de este mecanismo para empezar de cero, deberá cumplir con una serie de requisitos indispensables. Estos son:
Que las deudas no superen los cinco millones de euros.
Tener deudas con más de un acreedor.
Haber liquidado o no disponer de patrimonio para asumir los pagos pendientes.
Ser deudor de buena fe. Es decir: demostrar que se ha actuado con honradez durante todo el proceso. Para ser considerado como un deudor de buena fe, el usuario tiene que probar que en los últimos 4 años no ha rechazado ninguna oferta de trabajo que se ajuste a sus capacidades, que no se ha beneficiado en los últimos 10 años de la ley, que no ha sido condenado por delitos económicos de ningún tipo y que no ha provocado premeditadamente su mala situación financiera. Además, debe haber intentado alcanzar un acuerdo extrajudicial con los acreedores.
No haberse beneficiado de esta ley en los últimos 10 años.
No haber sido declarado culpable en un concurso de acreedores.
No haber sido condenado por sentencia firme en los últimos 10 años por delitos contra el orden socioeconómico, el patrimonio, los derechos de los trabajadores, la falsedad documental, la Hacienda Pública o la Seguridad Social.
Ventajas y desventajas de la Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de la Segunda Oportunidad es un mecanismo que puede ayudar a muchas familias a salir de una mala situación económica. Su principal ventaja es que permite reparar la deuda de las personas en riesgo y liberarlas de esta importante carga anímica y económica. Pero no es la única. Y es que además de permitir cancelar o reducir las deudas, esta ley paraliza los embargos, demandas y ejecuciones de los acreedores sobre nuestros fondos y bienes, así como los intereses sobre nuestros créditos (salvo de los que tengan garantías hipotecarias), permitiéndonos ganar tiempo para solucionar nuestros problemas económicos y evitar una ejecución generalizada. Asimismo, durante los meses que dure este proceso, los trabajadores autónomos que se acojan a esta ley podrán mantener su negocio.
Por el contrario, el gran inconveniente de esta ley es que corremos el riesgo de que se liquide nuestro patrimonio para poder compensar a los acreedores. Es decir: al acogernos a esta ley, no solo podemos empezar de cero con nuestras deudas, sino también con nuestros bienes. Además, si en los cinco años siguientes a la concesión de la segunda oportunidad nuestra situación económica cambia, ya sea porque hemos conseguido un buen puesto de trabajo, porque hemos recibido una herencia cuantiosa o porque hemos ganado algún premio extraordinario, los acreedores podrán pedir la revocación del BEPI y nos veremos obligados a invertir el dinero que hemos ganado en devolver las deudas pendientes.
¿Cuánto cuesta acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
El precio para acogerse a este proceso varía en función de cada caso, teniendo en cuenta las cuotas de los abogados especialistas que contratemos y el importe de nuestra deuda.
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PREGUNTAS FRECUENTES Y RESPUESTAS
Respuestas a las preguntas más habituales sobre la Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad es un proceso legal aprobado por el Gobierno de Rajoy en 2015 que permite que los particulares y autónomos en situación de insolvencia puedan refinanciar o cancelar sus deudas pendientes.
La Ley de Segunda Oportunidad está dividida en dos fases: la extrajudicial, en la que se intentará llegar a un acuerdo con los acreedores para cambiar las condiciones de la deuda, y la judicial, en la que un juez determinará cómo se soluciona el caso y qué porcentaje de deuda se puede cancelar.
El Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) es un procedimiento extraordinario de la Ley de Segunda Oportunidad que permite que un deudor en situación de quiebra pueda cancelar sus deudas, ya sean públicas o privadas.
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo al que pueden acogerse solo los ciudadanos particulares o autónomos que no puedan asumir sus deudas pendientes.
Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
Ser deudor de buena fe.
Que las deudas no superen los cinco millones de euros.
Tener deudas con más de un acreedor.
Haber liquidado o no disponer de patrimonio para asumir las deudas pendientes.
No haberse beneficiado de esta ley en los últimos 10 años.
No haber sido declarado culpable en el concurso de acreedores.
No haber sido condenado por sentencia firme en los últimos diez años por delitos contra el orden socioeconómico, el patrimonio, los derechos de los trabajadores, la falsedad documental, la Hacienda Pública o la Seguridad Social.
Un deudor de buena fe es aquel que ha demostrado que ha actuado con honradez durante todo el proceso. Se considera deudor de buena fe a todos aquellos que:
Han intentado alcanzar un acuerdo extrajudicial con los acreedores.
No han rechazado una oferta de trabajo en los últimos cuatro años que se ajustase a sus capacidades.
No han sido declarados culpables por delitos económicos de ningún tipo.
No han provocado premeditadamente la mala situación financiera en la que se encuentra.
No han sido beneficiarios de la Ley de Segunda Oportunidad en los últimos diez años.
Todos estos requisitos son obligatorios.
La principal ventaja de la Ley de Segunda Oportunidad es que permite cancelar o reducir las deudas pendientes. Además, paraliza los embargos, demandas y ejecuciones, así como los intereses sobre los créditos (salvo aquellos que tengan garantías hipotecarias).
El gran inconveniente de la Ley de Segunda Oportunidad es que se corre el riesgo de que se liquide todo nuestro patrimonio para compensar a los acreedores. Además, si en los cinco años siguientes a la concesión de la segunda oportunidad nuestra situación económica cambia, los acreedores podrían exigir la revocación del BEPI y obligarnos a asumir los costes de las deudas pendientes.
El gasto de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad varía en función de cada caso, teniendo en cuenta las cuotas de los abogados especialistas que contratemos y el importe de nuestra deuda.
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